¿Estás pensando en un ático o un bajo con jardín? ¿Un piso o un coqueto chalet con patio? Elegir el que será tu hogar es una decisión que depende de muchos factores, pero más allá de la ubicación, el precio o la superficie, las zonas comunes de una comunidad de vecinos son aspectos muy importantes a tener en cuenta.
Pero ¿Qué entendemos por zonas comunes? y ¿Quién establece las normas de uso en zonas comunes en una comunidad de propietarios?
Todos los detalles respecto a la conservación, uso y mantenimiento de las zonas comunes en una propiedad horizontal vienen recogidas en el Código Civil y la Ley de Propiedad Horizontal.
Ley de Propiedad Horizontal
Si bien es cierto que las áreas infantiles, la piscina o jardines son parte evidente de lo que se entiende por zonas comunes, es un concepto aún más amplio. Según el Código Civil, esta definición afectaría a todos aquellos elementos que son necesarios para el uso y disfrute de la propiedad y en esta categoría, se incluyen:
Elementos estructurales del edificio
La estructura del edificio incluye forjado, pilares, muros, vigas, el suelo y los cimientos. También hay otros elementos como fachadas, terraza o instalaciones como las bajantes y salidas de humos de las campanas extractoras.
Todos estos elementos pertenecen a la Comunidad de Propietarios, y por tanto será esta, la que se haga cargo de su mantenimiento y reparaciones.
Zonas comunes de uso privativo
Son aquellos elementos, cuyo uso corresponde a uno o varios propietarios de pisos o locales, pero cuya propiedad corresponde a la Comunidad de Propietarios. Algunos ejemplos son las terrazas de las viviendas o áticos, los patios interiores a los que solo se puede acceder a través de una de las viviendas, o los tendederos que se suelen colocar en las ventanas que dan al patio.
Para que se reconozca el uso privativo de un elemento común, este deberá figurar en el titulo constitutivo de Propiedad Horizontal o haber sido autorizado de forma unánime por la Junta de Propietarios.
Zonas de paso
Son aquellas zonas que los vecinos deberán transitar para llegar a su vivienda o plaza de garaje: el portal, los rellanos, las escaleras, o los ascensores.
Zonas verdes
Muchas comunidades suelen ser amplias zonas verdes o ajardinadas, que pueden ser comunes de uso privativo o comunes para uso compartido.
Los jardines privativos son aquellos de los que solo pueden hacer uso los propietarios de una vivienda, como los que pertenecen a los bajos, mientras que los jardines de uso comunitario están en zonas comunes y cualquier vecino tiene acceso a ellos.
Para poder disfrutar un bonito jardín en nuestra comunidad de vecinos será necesario un mantenimiento llevado a cabo mediante labores de jardinería y control de plagas. Estos servicios serán contratados por la comunidad de propietarios, con una empresa experta y responsable de esta labor.
Zonas deportivas y recreativas
La zona recreativa más habitual y la preferida por todos los vecinos durante el verano, es la piscina; sin embargo, no es la única zona de uso recreativo que puede tener una Comunidad de propietarios: las pistas de pádel, gimnasios, los parques infantiles, las salas para reuniones y celebraciones son otras zonas deportivas o recreativas que podemos encontrar en las comunidades de propietarios.
Otras zonas comunes
En las Comunidades de propietarios suelen existir otras zonas comunes como cuarto de contadores, de contenedores de basura, antenas colectivas, azotea, entre otros. El mantenimiento y reparación de estas zonas o elementos comunes también es responsabilidad de la Comunidad de Propietarios.
Como vemos, son muchas las zonas compartidas en las comunidades de vecinos, por lo que es muy importante el uso responsable de todas estas áreas y elementos comunes. Finalmente, también es muy importante la contratación de una empresa seria que le permita a tu comunidad tener un entorno seguro, limpio, agradable y que te garantice servicios de mantenimiento con conserjes amables y responsables, todo ello hará que puedas disfrutar realmente de tu hogar y su entorno.